Fecha: abril 6, 21
Autor: CAASD Admin
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La CAASD transforma el agua cruda en agua potable, mediante un proceso que implica su captación, conducción y potabilización. El producto final es el metro cúbico de agua potable, cuyo costo por unidad es de RD$40.00 pesos, pero que se comercializa, dependiendo de su uso, a sólo RD$6.00 pesos; lo que significa que es un servicio altamente subsidiado por el Estado Dominicano.
En la actualidad el metro cúbico básico para usuarios residenciales, comerciales, oficiales y especiales es de RD$6.00 pesos, y el metro cúbico básico industrial, a RD$7.00 y RD$10.00 pesos, dependiendo si el agua es utilizada como materia prima.
La estructura tarifaria de la CAASD está fundamentada en el CUPO BÁSICO: que es la cantidad de metros cúbicos asignados a un inmueble determinado, tomando en cuenta el uso y la actividad por cada unidad servida. Existen dotaciones de consumos asignadas, según la siguiente clasificación y la misma fueron elaboradas por la CAASD:
Usuarios residenciales: esta asignación se establece con base en la condición socio económico del usuario y las condiciones del servicio. La definición de la condición socio económico del usuario se realiza por predio, prima la condición económica, combinándose con las condiciones del servicio ofrecido en dicho predio.
Usuarios comerciales: para la dotación asignada a los usuarios comerciales se utiliza una tabla que contiene las dotaciones asignadas por cada tipo de uso, con su respectiva actividad, la cual fue elaborada por la CAASD. Estas dotaciones dependen de algunos parámetros, que son los que determinan la cantidad de consumo de cada inmueble comercial
Usuarios Industriales: para las dotaciones asignadas a los usuarios industriales depende de la naturaleza de la industria y sus procesos de producción, para lo cual se designa un personal calificado que evalúa las características predominantes de cada empresa en particular.
Usuarios Oficiales: para usuarios oficiales se utiliza la tabla que contiene las dotaciones asignadas por cada tipo de uso, elaborada por la CAASD.
Predios en Construcción: para estos se designa un cupo que varía dependiendo de la naturaleza de la construcción:
Proyecto Residencial, el cupo asignado corresponde al 50% del valor que le correspondería como una vivienda multiplicado por el número de unidades, hasta que termine el proceso de construcción; ya terminado pagara su cupo normal. Se denota como.
En construcciones comerciales, el cupo se asigna en función de los metros cuadrados de construcción, hasta que termine el proceso de construcción; ya terminado el cupo asignado será en función de la actividad a que se dedique. Se denota como.
Usuario Mixto: es aquel que tiene un uso residencial y comercial en el mismo predio y se abastecen de la misma acometida. A estos usuarios se les asignan dos tarifas: la que corresponde de residencial de acuerdo a la recalificación social y la que corresponde al comercial de acuerdo a la actividad.